Estudio en La Plata · Atendemos toda PBA Lun a Vie · 9 a 18 hs 221 538-2567

Qué pasa con las cuentas bancarias en una sucesión en Argentina

Cuando fallece un familiar, una de las primeras preguntas que surgen es qué sucede con el dinero que tenía en el banco. Las cuentas bancarias forman parte del patrimonio del causante y, como cualquier bien, quedan incorporadas al proceso sucesorio. Sin embargo, los bancos tienen procedimientos propios que pueden complicar el acceso a esos fondos. En este artículo te explicamos qué pasa con las cuentas bancarias en una sucesión en Argentina, qué pasos seguir y cómo evitar las demoras más comunes.

Las cuentas bancarias como parte del acervo hereditario

Desde el momento del fallecimiento, todas las cuentas bancarias del causante —ya sean cajas de ahorro, cuentas corrientes o plazos fijos— pasan a integrar el acervo hereditario. Esto significa que los herederos no pueden disponer de esos fondos de manera inmediata, aunque sean los únicos beneficiarios conocidos.

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece que la herencia se transmite desde el momento de la muerte (art. 2277), pero el ejercicio efectivo de los derechos sobre los bienes —incluyendo el dinero en cuentas— requiere de la correspondiente declaratoria de herederos o aprobación judicial del testamento. Sin ese documento, el banco no puede liberar los fondos.

Qué hace el banco cuando fallece el titular de una cuenta

En la práctica, cuando el banco es notificado del fallecimiento del titular —ya sea por los herederos o por una orden judicial—, procede a bloquear la cuenta. Este bloqueo impide cualquier operación de débito: retiros, transferencias, pagos automáticos o el uso de tarjetas asociadas. Los créditos (depósitos entrantes) generalmente siguen ingresando hasta que se normalice la situación.

El banco también queda obligado a informar el saldo al juzgado que tramita la sucesión si así lo requiere. En muchos casos, el propio juzgado envía un oficio al banco solicitando que informe los fondos existentes a la fecha del fallecimiento. Esto es parte del inventario de bienes que se realiza durante el proceso sucesorio.

Cómo acceden los herederos al dinero

Para acceder a los fondos depositados en las cuentas del causante, los herederos deben obtener primero la declaratoria de herederos o, si hay testamento, la aprobación judicial del mismo. Una vez que el juez emite esa resolución, el abogado puede presentarla al banco junto con una orden de acreditación o autorización judicial para que los fondos sean transferidos a una cuenta indicada por los herederos.

El procedimiento varía según el banco. En la práctica, los bancos suelen requerir oficio del juzgado para liberar los fondos, aunque el procedimiento exacto puede variar según la entidad y el monto involucrado. No existe actualmente una norma del BCRA que fije un umbral único aplicable a todos los bancos. Si los herederos son varios, el dinero ingresa al acervo hereditario y se distribuye entre los herederos durante la partición, según las proporciones que la ley o el testamento establezcan.

Cuentas conjuntas: ¿los cotitulares pueden retirar el dinero?

Este es uno de los puntos de mayor confusión. Cuando una cuenta es conjunta —es decir, tiene dos o más titulares—, el fallecimiento de uno de ellos no habilita automáticamente al otro a retirar todo el saldo. El banco bloqueará la parte proporcional que correspondería al fallecido, que pasa a integrar la sucesión.

La porción del cotitular sobreviviente permanece disponible para él, pero solo en la medida en que pueda acreditarse qué parte del saldo le pertenecía a cada titular. En la práctica, ante la dificultad de determinar qué parte aportó cada titular, el banco puede bloquear la cuenta completa hasta que la sucesión determine las proporciones correspondientes. Por eso es importante actuar rápido y con asesoramiento legal adecuado cuando se presenta este escenario.

Plazos fijos y cajas de ahorro en dólares

Los plazos fijos también forman parte de la herencia. Si el plazo fijo vence durante el proceso sucesorio, los intereses seguirán acumulándose según las condiciones pactadas, pero los herederos no podrán renovarlo ni retirar los fondos sin autorización judicial. Es recomendable informar al banco del fallecimiento a la brevedad para evitar renovaciones automáticas que puedan complicar el trámite.

En el caso de cajas de ahorro en dólares u otras monedas extranjeras, el tratamiento es el mismo que para las cuentas en pesos: quedan incorporadas al acervo hereditario y solo pueden liberarse con la documentación sucesoria correspondiente. El tipo de cambio aplicable para la valuación puede ser un punto de discusión, ya que no existe un criterio uniforme en la jurisprudencia de PBA —los jueces aplican distintas referencias según el caso. Por eso es recomendable asesorarse antes de llegar a la etapa de partición.

Preguntas frecuentes

¿Pueden los herederos retirar dinero antes de la declaratoria?

No. Sin la declaratoria de herederos o aprobación del testamento, el banco no puede liberar los fondos. Hacerlo constituiría un incumplimiento de las normas bancarias y podría generar responsabilidad tanto para el banco como para quien retira los fondos.

¿Qué pasa con los débitos automáticos de la cuenta del fallecido?

En principio, el banco debería bloquearlos al tomar conocimiento del fallecimiento. Sin embargo, en la práctica algunos débitos pueden procesarse antes de que el bloqueo sea efectivo. Si esto ocurre, los herederos pueden solicitar al banco la reversión de esos débitos.

¿Hay algún monto que se pueda retirar sin sucesión?

En algunos casos, y solo para gastos urgentes como gastos fúnebres, los juzgados pueden autorizar la extracción de un monto limitado sin necesidad de esperar la declaratoria. Pero esto no es automático: requiere petición judicial y autorización expresa.

No existe en Argentina un sistema de “beneficiario bancario directo” como el “payable on death” de otros países, que permita al titular designar a alguien para cobrar el saldo sin trámite sucesorio. Distinto es el caso de los seguros de vida o seguros de saldo asociados a la cuenta: si el banco ofrece ese producto y hay un beneficiario designado, ese importe sí puede cobrar directamente el beneficiario, porque el seguro de vida no integra el acervo hereditario (ley 17.418).

¿El banco cobra comisiones o mantenimiento sobre la cuenta del fallecido?

Sí, en muchos casos el banco sigue aplicando cargos de mantenimiento hasta que la cuenta se cierra formalmente. Este es otro motivo para iniciar la sucesión a la brevedad y gestionar el cierre de las cuentas tan pronto como sea posible. Los herederos pueden solicitar al banco que exima de esos cargos durante el período de tramitación, aunque no siempre lo conceden.

¿Cuánto demora el proceso desde que se obtiene la declaratoria hasta que el banco libera el dinero?

Una vez obtenida la declaratoria y presentada al banco con el oficio judicial correspondiente, el plazo para la liberación de fondos varía según el banco y la complejidad del trámite. En la práctica, puede oscilar entre pocos días y varias semanas. Un abogado con experiencia en sucesiones puede agilizar considerablemente este proceso.

Cómo podemos ayudarte desde Marinus Legales

En Marinus Legales acompañamos a las familias en todo el proceso sucesorio, incluyendo la gestión de los trámites bancarios. Desde la notificación al banco y la obtención de la declaratoria de herederos hasta la liberación efectiva de los fondos, te orientamos en cada paso para que el proceso sea lo más ágil y claro posible. Si estás en La Plata o en la Provincia de Buenos Aires y necesitás asesoramiento, no dudes en contactarnos.

← Anterior
Cómo vender un inmueble durante una sucesión en Argentina
Siguiente →
Qué pasa con un heredero que no aparece en la sucesión

¿Tenés una consulta concreta?

La primera consulta es orientativa y sin cargo. Te explicamos qué pasos corresponden a tu caso específico.

Solicitar consulta
Hablanos por WhatsApp
Scroll al inicio